Ya sea porque hayas comparado una vivienda a otro propietario, porque la hayas heredado, o porque la hayas recibido en donación, seguramente tengas que iniciar un procedimiento de modificación de las escrituras del inmueble.
Lo más habitual es que los cambios en la escritura tengan que ver con la propia titularidad o el reparto de la propiedad. Pero con independencia de cuál sea el motivo es importante saber que, pese a que la escritura pública no es obligatoria, sí que es recomendable dada la seguridad jurídica que otorga.
Qué necesito para modificar la escritura de mi casa
Modificar las escrituras de una vivienda no es un proceso especialmente complejo, aunque sí existen diferentes actores que intervendrán en el mismo. El primer paso para poder llevar a cabo cualquier cambio es tener claros quiénes son los propietarios del inmueble. Aunque pueda parecer algo evidente, en el caso de herencias o compras de viviendas de segunda mano pueden existir distintos titulares, hecho éste que podría complicar la tarea de modificar las escrituras.
Y es que el consenso entre las partes, independientemente de si se trata de una compraventa, una donación o una herencia, será clave. Pero hay más. Para poder completar con éxito la tarea intervendrán otros actores:
● Notaría
El notario será el encargado de modificar las escrituras de la vivienda o, lo que es lo mismo, redactará las modificaciones oportunas, así como cualquier acuerdo entre las partes. De hecho, también hará las veces de testigo en cualquier operación que implique cambios.
● Registro
Para elevar a públicas las escrituras será necesaria su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente. Eso sí, pese a modificar las escrituras de la vivienda ante notario, no podrás inscribirlas en el registro sin antes abonar los tributos correspondientes en cada caso.
● Impuestos
Cualquier cambio que tenga que ver con modificar las escrituras de la vivienda como consecuencia de un nuevo reparto de la propiedad o titularidad llevará implícita la necesidad de cumplir con la administración. Los impuestos dependerán del tipo de operación por lo que, a la hora de resolver cuánto cuesta cambiar las escrituras de la vivienda, será necesario analizar todas las opciones.
● Gestoría
La participación de un gestor es opcional. Aunque, si no dispones de los conocimientos necesarios para modificar las escrituras de la vivienda, es recomendable. En operaciones de compraventa, por ejemplo, coordinarán la recopilación de la documentación, la cita con el notario o la liquidación de impuestos e inscripción en el registro.
Cuánto cuesta modificar las escrituras de una vivienda
No existe un presupuesto cerrado, pero sí unos costes fijos que habrás de asumir. Todos ellos están relacionados con los actores que forman parte del proceso, esto es: notario, registro y hacienda.
Gastos de notaría y Registro de la Propiedad
Los trámites en ambos estamentos son imprescindibles para modificar las escrituras de una vivienda. La buena noticia es que los honorarios ya están estipulados. En el caso de la notaría los determina el Gobierno, aunque cuestiones como los servicios adicionales prestados o la extensión del informe pueden incrementar el presupuesto. En ningún caso podrá aplicarse descuento superior al 10% sobre lo estipulado.
El coste del registro, sin embargo, viene determinado por ley y depende del valor declarado en las escrituras. Recuerda, eso sí, que más allá de resolver cuánto cuesta modificar las escrituras de una vivienda, no podrás completar el proceso si antes no abonas los impuestos asociados a la operación.
Impuestos a liquidar tras modificar las escrituras de una vivienda
Uno de los capítulos más importantes para dar respuesta al coste final de la modificación de escrituras tiene que ver con los impuestos. Sin duda, los tributos son los que coparán el montante más abultado, aunque en función del tipo de operación, deberás abonar unos u otros.
Por ejemplo, en el caso de la compraventa, los tributos diferencian entre viviendas nuevas y viviendas de segunda mano. Las primeras están sujetas al abono del 10% de IVA (salvo en el caso de viviendas de protección oficial que será del 4%). Sin embargo, si el piso es de segunda mano el impuesto a abonar será el de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que puede variar entre el 5 y el 10% sobre el valor escriturado dependiendo de la comunidad autónoma.
Si hablamos de modificar las escrituras de la vivienda por una herencia o donación, los tributos a abonar serán el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (que en algunas comunidades es mínimo) así como el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (entre un 0% y un 1,5%). Además, en el caso de las herencias también hay que pagar la plusvalía municipal.